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Contratación Pública Verde

Según la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, los órganos de contratación tomarán las medidas pertinentes para garantizar que en la ejecución de los contratos los contratistas cumplen las obligaciones aplicables en materia medioambiental (...) establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el anexo V, entre los que podemos encontrar convenios sobre protección de la capa de ozono, eliminación y el transporte transfronterizo de residuos peligrosos, contaminantes orgánicos persistentes, plaguicidas y productos químicos peligrosos, etc.

En su artículo 202 sobre condiciones especiales de ejecución del contrato de carácter medioambiental se indica que será obligatorio el establecimiento en el pliego de cláusulas administrativas particulares de al menos una de las condiciones especiales de ejecución de, entre otras, de tipo medioambiental, que persigan:

  • la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero, contribuyéndose así a dar cumplimiento al objetivo que establece el artículo 88 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible;
  • el mantenimiento o mejora de los valores medioambientales que puedan verse afectados por la ejecución del contrato;
  • una gestión más sostenible del agua;
  • el fomento del uso de las energías renovables;
  • la promoción del reciclado de productos y el uso de envases reutilizables;
  • el impulso de la entrega de productos a granel y la producción ecológica.

 La Unión Europea publica periódicamente documentos con ejemplos de criterios, entre los que podemos destacar:

 

Entre las numerosas iniciativas que lleva a cabo la UMH encaminadas a incrementar su nivel de sostenibilidad, se enmarca la adquisición de vehículos de bajo impacto ambiental, tanto en lo relativo a la emisión de gases como en lo referente a la contaminación acústica.

Esta acción, directamente vinculada a los Objetivos de Desarrollo Sostenible 3, 7, 9, 11 y 13, se viene impulsando desde 2017, cuando la UHM comenzó a reemplazar los vehículos diésel y de gasolina por una flota más limpia y respetuosa con el entorno destinada a la movilidad dentro del campus para la realización de las tareas propias de los servicios de contratación externa (p.ej. Servicio de Mantenimiento y limpieza Integral de Zonas Ajardinadas, Mobiliario Urbano, Viajes y Aparcamientos; Servicio de Mantenimiento de Instalaciones o Servicio de Seguridad y Sistemas de Seguridad).

Dicha iniciativa continua en la actualidad, poniendo de manifiesto el claro compromiso de la institución para convertir la universidad en un lugar más agradable, más ecológico y medioambientalmente sostenible.

 


 

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